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EXÁMENES MÉDICOS

Exámenes Pre-ocupacionales
Son de carácter obligatorio, dispuestos por la ley N° 24.557.
La falta de realización deriva en la no atención médica por parte de la ART ante un accidente de trabajo y expone al empleador a la cobertura del mismo y pago ante su incapacidad, si la hubiera.
Estos exámenes constatan la condición psicofísica del postulante; otorgando la aptitud para la realización de tareas asignadas.
Según la Resolución 43/97 de la SRT, el exámen a efectuar al postulante consta de:
  • Declaración jurada de antecedentes personales.
  • Exámen Clínico completo.
  • Electrocardiograma.
  • Análisis de laboratorio (incluye exámenes de rutina; pudiendo realizarse opcionales a convenir)
  • RX de tórax (pudiendo el empleador incluir otras proyecciones que considere necesarias).
  • Informe final de aptitud.
Los resultados de los exámenes serán informados vía telefónica o vía e-mail dentro de las 36hs. con entrega de la documentación después de las 48 hs. Los plazos de entrega pueden varias dependiendo de la complejidad de los mismos.

Exámenes de egreso
La realización del exámen de egreso queda bajo responsabilidad de la ART o Empresa Auto Aseguradora. En caso de que ésta no lo realice, se aconseja al empleador asegurar su realización, evitando de esta forma cualquier reclamo futuro.

Exámenes previos a la Transferencia de un puesto de trabajo
Los efectúa el empleador sólo cuando el cambio genere exposición a nuevos riesgos o exigencias superiores a las ya desempeñadas por el empleado.

Exámenes posteriores a una ausencia prolongada
No es obligatorio. Tiene por fin verificar el estado de salud del empleado al retornar a su puesto de trabajo, y asi corroborar que aun pueda desempeñar su tarea habitual.

Control de ausentismo laboral
Son realizadas en el domicilio del empleado e en nuestras instalaciones.
  • Detectan la causa de la baja laboral. Certificando la patología existente y control de días de baja.
  • Su resultado es comunicado vía telefónica o e-mail dentro de las 24 hs de su solicitud.
  • Seguimiento de ausentismo (el ausentismo de origen psicológico o psiquiátrico constituye las causas más frecuentes de ausentismo prolongado. La participación de los profesionales especializados permite arribar a conclusiones no viciadas de subjetividad).

Exámenes periódicos

La ley de Higiene y Seguridad Industrial N° 19.587 y la Ley de Riesgo de Trabajo N°24.557, establece realizarlos al menos una vez al año o cada 6 meses si hay riesgo indentificado.
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OTRAS PRESTACIONES

Atención Médica de accidentes laborales
Grantizamos la mejor atención, con un equipo multidisciplinario de especialistas capacitados para brindar el servicio médico que se merece.
Nuestro equipo está constituido por:
  • Médicos laborales
  • Traumatólogos
  • Psicólogos
  • Fonoaudiólogos
  • Oftalmólogos
  • Terapistas ocupacionales
  • Kinesiólogos
  • Otorrinolaringólogos


Evaluación psicológica previa al empleo
Se diseñan según el perfil del puesto y la demanda del cliente.

Libreta sanitaria
Es exigida por el gobierno provincial y habilita al empleado para desempeñarse en tareas en las que hubiese riesgo de contagio de enfermedades infecciosas.

Actividades de capacitación
Se realizan cursos de primeros auxilios, prevención y control de riesgos laborales, como asi también se brinda información y educación sanitaria, para modificar hábitos de consumo o adicciones (tabaquismo, alcoholismo, drogas de abuso), manejo del stress y vida sana (obesidad, alimentación saludable, embaraza sano) y ergonomía.

Estadísticas anuales de ausentismos y accidentes laborales de cada empresa
A fin de descubrir las áreas que necesitan mayor control y prácticas de prevención y disminución de costos.

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SOMOS LA HERRAMIENTA INDICADA PARA LA NECESIDAD DE SU EMPRESA
www.sermedo.com/www.sermedo.com.ar - administracion@sermedo.com